Renta Inmobiliaria Imputada

En ambos casos, debe tratarse de inmuebles que no generen rendimientos del capital ni estén afectos a actividades económicas.

Imputación De Rentas Inmobiliarias

 

El artículo 85 de la LIRPF regula la imputación de rentas inmobiliarias a los titulares de inmuebles improductivos, siempre que converjan determinadas circunstancias. Estas rentas son aquéllas por las que el contribuyente tendrá que incluir en la base imponible de su IRPF por el hecho de ser propietario.

También genera rentas inmobiliarias imputadas, la titularidad de un derecho real de aprovechamiento por turno sobre bienes inmuebles urbanos.

En ambos casos, debe tratarse de inmuebles que no generen rendimientos del capital ni estén afectos a actividades económicas.

 

¿Qué Es Una Renta Inmobiliaria Imputada?

 

Se trata de un ingreso a efectos de la declaración de la renta que hay que pagar por tener una vivienda que no sea la habitual.

Hacienda considera que todo inmueble que no es la vivienda habitual es susceptible de generar una renta o un ingreso y esto incluye también los garajes. Que después a título particular quieras o no aprovecharlo. Lo que la Agencia Tributaria estima es que simplemente por tener la posibilidad de ganar ese dinero, debes pagar un mínimo en la declaración de la renta.

En realidad, las rentas inmobiliarias imputadas surgen para abordar el problema de los pisos alquilados a familiares y amigos a coste cero y como medida para incentivar el alquiler de viviendas vacías. En el fondo es lo similar a lo que ocurre al vender una casa de segunda mano. Por mucho que quieras venderla regalada, Hacienda le pone un precio mínimo (el valor de tasación) sobre el que calculará los impuestos.

 

Sobre Qué Viviendas Se Aplica La Imputación De Renta Inmobiliaria

 

Las imputaciones de renta inmobiliaria no son universales. Para empezar, no se aplican sobre la vivienda en la que vives ni sobre una vivienda que tengas alquilada. En el primero de los casos porque no hay posibilidad de obtener beneficios por una casa que es tu vivienda habitual. En el segundo, porque ya estás obteniendo una renta (el alquiler) por el que pagarás impuestos en la renta.

Estos son los cinco requisitos de Hacienda para que una vivienda genere una renta inmobiliaria imputada:

  • Que se trate de bienes urbanos y que no estén afectos a actividades económicas.
  • Que se trate de inmuebles rústicos que no resulten indispensables para el desarrollo de explicaciones agrícolas o forestales.
  • Que se trate de suelo no edificado, inmuebles en construcción, ni inmuebles que no sean susceptibles de uso por razones urbanísticas.
  • Que no sea tu vivienda habitual.
  • Que la vivienda no genere rendimiento de capital. En otras palabras, que no esté alquilada o cedido su uso en usufructo.

 

¿Cuándo Y Cómo Se Incluye En La Declaración De La Renta?

Las imputaciones inmobiliarias de renta se incluyen en el apartado C de la renta correspondiente a “Bienes inmuebles no afectos a actividades económicas”. Allí es donde se identifican las casas que los contribuyentes tienen en propiedad y el uso que hacen de ella. Las claves 2, 3 y 5 son las que generarán esa renta, que se verá reflejada en la casilla 68 en función del resto de datos del inmueble.

En la mayoría de casos, Renta Web, el programa de Hacienda, se encargará de calcular la renta inmobiliaria imputada. Lo único que debes hacer como contribuyente es no olvidarte de incluir la casa en tu próxima declaración de IRPF.